5.6.06

OBJETIVOS Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO

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1.1. Objetivos

El principal objetivo de este Estudio consiste en servir de punto de partida para la elaboración de una Guía de Buenas Prácticas, con el fin de paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y contribuir a su erradicación, en el marco de la Unión Europea, de manera que ayude a superar las dificultades mencionadas en la Plataforma para la Acción de Beijing, sobre la escasez de información sistemática que dificulta la elaboración de los programas y el seguimiento de los cambios (...) y obstaculiza los esfuerzos encaminados a preparar estrategias concretas de intervención. Para ello, es necesario, como se ha propuesto en el documento de Ejecución de la Plataforma para la Acción, 1995-2000: crear una base internacional de conocimientos, sobre los modos de poner fin a la violencia contra las mujeres, que incluya directrices, modelos de legislación, módulos de capacitación, procedimientos de documentación y otros materiales decisivos al respecto.

Para avanzar en la consecución del objetivo general, anteriormente expuesto, se propusieron, en su momento, los siguientes objetivos de carácter más específico:

1) Conocer qué avances se han producido, en la Unión Europea, respecto a las medidas propuestas en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, para mitigar los efectos de la violencia contra ellas y erradicar dicho problema. La recogida sistemática de dichos avances, llevada a cabo en este Estudio, necesaria para su valoración global, se ha utilizado, además, como punto de partida para el análisis comparado que se incluye en la Guía de Buenas Prácticas.

2) Elaborar criterios, para seleccionar ejemplos de buenas prácticas llevadas a cabo en los Estados miembros de la Unión Europea, con el fin de incluir su descripción en la Guía, de forma que puedan servir como referencia para otros países y contextos que estén iniciando o planificando medidas similares.

3) Incluir en la recopilación de las buenas prácticas:

Además de las referidas a la violencia doméstica, el tema más estudiado, las llevadas a cabo respecto a la violencia sexual y la violencia en el trabajo.
Tanto las relacionadas con las medidas legales, judiciales y policiales, consideradas en casi todos los trabajos realizados, con anterioridad, en la Unión Europea, sobre la violencia contra las mujeres, como otro tipo de medidas menos estudiadas (como la formación especializada, los recursos y servicios sociales para las víctimas, la rehabilitación de los agresores, los sistemas de registro de los datos, las encuestas e investigaciones), al mismo tiempo que las medidas de sensibilización y educación, casi nunca incluidas en los trabajos anteriores.

4) A partir del conocimiento resultante de los objetivos anteriores, elaborar propuestas de buenas prácticas, para paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y contribuir a su erradicación en el marco de la Unión Europea.

5) Facilitar la elaboración de pautas y procedimientos para evaluar el seguimiento de las propuestas destinadas a la lucha contra la violencia hacia las mujeres, en la Unión Europea, algunas de las cuales podrían ser incluidas en los estudios generales o específicos, a realizar en los Estados miembros, para obtener datos que permitan su comparación (al ser aplicados en distintos momentos y en diferentes países).
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1.2. Metodología

1.2.1. Procedimiento seguido para la recogida de la información

Para recoger la información sobre las buenas prácticas desarrolladas en los Estados miembros de la Unión Europea, se elaboró el Cuestionario que se incluye en el anexo, en el que se introducen preguntas agrupadas en siete bloques, según la temática a la que hacen referencia:

...............Sensibilización
...............Educación y formación especializada
...............Recursos y Servicios sociales para las víctimas
...............Medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores
...............Medidas legales, judiciales y policiales
...............Encuestas e investigaciones
...............Sistemas de registro de los datos sobre la violencia contra la mujeres

El Cuestionario se completa con un último bloque de preguntas, el octavo, en el que se solicita que se describan las tres medidas más eficaces adoptadas en cada país, en relación a los siete ámbitos anteriores.

Con carácter general, las preguntas planteadas en los siete primeros bloques se presentan en forma de tabla, debiendo cumplimentar las respuestas, poniendo un aspa en la casilla correspondiente, o marcando un determinado número. Este formato facilita la cuantificación global de las respuestas. Además, en todos los bloques del Cuestionario, se incluye uno o más apartados de observaciones, en los que se pueden introducir las matizaciones o comentarios oportunos, relativos a las medidas referidas y a su correspondiente valoración. Las observaciones incluidas en dichos apartados permiten matizar el sentido en el que se ha interpretado la pregunta y proporcionan información de extraordinaria relevancia, para la descripción de las medidas en la Guía de Buenas Prácticas.

A la hora de elaborar el Cuestionario empleado en este Estudio, se tuvieron en cuenta las recomendaciones y análisis que, sobre la violencia contra las mujeres, se incluyen en los siguientes documentos:

1) La Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Beijing en 1995. En la Guía, elaborada a partir de este Estudio, puede encontrarse una referencia detallada de las propuestas incluidas en la citada Plataforma en cada una de las siete áreas temáticas que configuran la estructura del Cuestionario.

2) Los documentos elaborados en reuniones organizadas, a partir de 1995, por la Unión Europea, sobre medidas para combatir la violencia contra las mujeres, entre los que es preciso destacar los confeccionados a partir de: la Conferencia de expertas/os, Viena 1998; la Conferencia Ministerial de Colonia, 1999; la Conferencia de expertas/os de Jyväskylä, 1999, y la Conferencia de clausura de la Campaña Europea contra la Violencia, Lisboa 2000. En dichas reuniones, se elaboraron recomendaciones específicas, respecto a los siguientes temas incluidos en este Estudio: formación especializada, recursos y servicios sociales para las víctimas, rehabilitación de agresores, medidas legales judiciales y policiales, encuestas e investigaciones y sistemas de registro de datos. En cada uno de los bloques de la Guía que tratan sobre estos temas, puede encontrarse una referencia detallada de las recomendaciones propuestas en las mencionadas reuniones.

3) Los documentos elaborados, con posterioridad a 1995, por el Consejo de Europa, sobre buenas prácticas para combatir la violencia contra las mujeres, entre los que cabe destacar el Informe Legislation in the Member States of the Council of Europe in the field of violence against women, 2001 (Legislación en los Estados miembros del Consejo de Europa en el campo de la violencia contra las mujeres, 2001). En la Guía de Buenas Prácticas, puede encontrarse una referencia de las recomendaciones del Consejo de Europa sobre los mismos temas mencionados en el apartado anterior.

4) Los trabajos realizados por las ONG, dentro de la Iniciativa y el Programa DAPHNE de la Unión Europea, entre los que cabe destacar los referidos en el Informe de Evaluación general de 1998, así como los llevados a cabo, en diversos países europeos, por el Lobby Europeo de Mujeres: Dévoiler les données cachées de la violence domestique dans l’UE, 1999 (Sacar a la luz los datos ocultos de la violencia doméstica en la Unión Europea, 1999) y por la asociación española de mujeres juristas THEMIS: Guía de buenas prácticas y usos forenses para combatir la violencia de género, 2001 y Guía de los derechos de las mujeres víctimas de violencia familiar, 2001.

A partir de la información anteriormente mencionada, el Instituto de la Mujer, juntamente con un equipo investigador de la Universidad Complutense de Madrid, elaboró el Cuestionario, que fue enviado a la Comisión Europea, así como a Bélgica y Dinamarca, países que precedían y sucedían a España en la Presidencia de la Unión Europea, con el fin de dar continuidad a los trabajos realizados durante la presidencia de los tres países. Durante los seis meses de la Presidencia belga, se trabajó en el tema de la discriminación salarial, por lo que, en el Cuestionario de la violencia contra las mujeres, elaborado por España, se incluye la violencia en el trabajo como una forma de continuar analizando las discriminaciones de las mujeres en el ámbito laboral.

Por otra parte, Dinamarca tiene previsto elaborar una serie de indicadores para medir y valorar la eficacia de las buenas prácticas que puedan ponerse en marcha para luchar contra la violencia doméstica, analizando los posibles cambios producidos a lo largo del tiempo.
Posteriormente, se elaboró la versión definitiva del Cuestionario, que fue enviada a los quince Estados miembros de la Unión Europea, con el objetivo de recoger la información para este Estudio.

En los análisis realizados, para la elaboración del Estudio, que se presenta en estas páginas, y de la Guía de Buenas Prácticas, se ha tenido en cuenta, prioritariamente, la información proporcionada por los países miembros de la Unión Europea.

1.2.2. Criterios de categorización y cuantificación de las respuestas del cuestionario

Para valorar los resultados que se presentan a continuación, conviene tener en cuenta lo siguiente:

1) Como se ha señalado anteriormente, todos los análisis que se presentan hacen referencia a los resultados obtenidos con la aplicación del Cuestionario, sobre las medidas disponibles en los quince Estados miembros. Estos resultados están expresados, siempre, en porcentajes, para facilitar su comparación.

2) Los porcentajes se han calculado sobre los quince Estados miembros, aunque en algunos casos haya países que no han contestado la pregunta en cuestión. En los gráficos utilizados, salvo en los diagramas circulares, se representan solamente los porcentajes de los países que han afirmado que disponen de la medida sobre la que se les pregunta. En el porcentaje restante hasta cien, se incluyen no sólo a los que responden negativamente, sino también a los que no contestan.

3) En la integración de los datos proporcionados por los quince Estados miembros, sobre la disponibilidad de una determinada medida, se ha tratado de mantener siempre los mismos criterios, completando, para ello, la información proporcionada en las respuestas cerradas (eligiendo una casilla o marcando con un aspa) con las observaciones y matices realizados por cada Estado miembro, sobre dicha medida, en las preguntas de tipo abierto.
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MARÍA JOSÉ DÍAZ-AGUADO JALÓN

Catedrática de Universidad en Psicología de la Educación. Directora de la Unidad de Psicología Preventiva. Directora del Master en Programas de Intervención en Contextos Educativos.
Universidad Complutense de Madrid